Derecho Laboral Estratégico

Representación Legal

Defensa Laboral para Empresas en Monterrey

Te llegó un citatorio o una demanda. Lo que sigue se puede administrar.

Cuando el conflicto ya existe, la diferencia está en cómo llegas a la audiencia. Representamos a tu empresa en las dos etapas: la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación — donde se cierra la mayoría de los asuntos — y, si no hay convenio, el juicio ante los Tribunales Laborales. Con estrategia acordada contigo y sin improvisaciones.

Etapa 1 · Centro de Conciliación

Conciliación prejudicial: llegar preparados

La mayoría de los conflictos se resuelve en la audiencia de conciliación — cuando la empresa llega preparada: cálculo sólido, un rango de negociación acordado contigo antes de entrar y un convenio bien estructurado. Ratificado ante el Centro de Conciliación — en el ámbito local, el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Nuevo León —, el convenio adquiere la condición de cosa juzgada (art. 684-E, fr. XIII, LFT): cierre definitivo, sin contingencias posteriores.

Representación en audiencia

Estrategia y rango de negociación acordados contigo antes de entrar. Nadie improvisa con tu dinero.

Carta poder que sí funciona

La conciliación prejudicial se rige por el art. 684-E de la LFT, no por el 692: el representante necesita facultades expresas para convenir y obligarte. La elaboramos con el estándar correcto — también si resides fuera de México.

Convenios con cierre real

Desglose por concepto, declaraciones bajo protesta y ratificación ante la autoridad: lo firmado no regresa.

Negociar sin comprometer la defensa

Lo aportado en la conciliación no puede constituir prueba ni indicio en un procedimiento posterior (art. 684-C, párrafo tercero, LFT): se negocia con las cartas sobre la mesa, sin regalar el juicio.

Etapa 2 · Tribunales Laborales

Juicio: defensa ante los Tribunales Laborales

Si la audiencia termina sin convenio, el Centro emite la constancia y el asunto queda en aptitud de llevarse al Tribunal — en los asuntos de competencia local, los Tribunales Laborales del Poder Judicial del Estado de Nuevo León. Ahí cambia el terreno: es un proceso técnico donde los plazos corren cortos y la defensa se construye con documentos, no con buenas intenciones. Tomamos el caso completo — de la contestación a la resolución — y tú sabes en qué etapa va, siempre.

Contestación de demanda

Análisis de cada prestación reclamada y contestación con la estrategia definida contigo: qué se controvierte, qué se acredita y con qué documentos.

Ofrecimiento de pruebas

Tu expediente laboral — contratos, recibos, actas, controles de asistencia — se convierte en el sustento probatorio de la defensa. Lo que está documentado se defiende mejor.

Audiencias y seguimiento procesal

Comparecemos a cada audiencia y damos seguimiento puntual al expediente hasta su resolución. Sin etapas a la deriva.

Plazos bajo control

Los plazos de esta etapa corren cortos y no perdonan distracciones: los administramos con un sistema de vencimientos para que nada venza.

Cómo trabajamos y qué cuesta

Nada se firma ni se presenta sin tu visto bueno: la estrategia se acuerda contigo desde el primer día y recibes reportes de avance en cada etapa del asunto. Los honorarios siguen el mismo principio de claridad — el modelo completo está explicado, sin letra chica, en nuestra página de asesoría para empresas.

Estrategia acordada contigo

Ningún convenio se firma y ninguna contestación se presenta sin tu autorización. Las decisiones importantes son tuyas; nuestro trabajo es que las tomes con el escenario completo enfrente.

Reportes de avance

Sabes en qué está tu asunto sin tener que perseguir a tu abogado: te reportamos cada movimiento relevante del expediente.

Iguala, UTC y bono por resultado

Una base que cubre la operación, unidades para lo extraordinario y, cuando el asunto lo amerita, un componente alineado al resultado.

Cómo funcionan las UTC

Cada gestión tiene una equivalencia definida en Unidades Técnicas de Consultoría: el alcance queda claro antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que ir yo a la audiencia o puede ir mi abogado?

El patrón puede comparecer personalmente o por conducto de un representante con facultades suficientes para obligarse en su nombre (art. 684-E, fr. VII, LFT). El punto fino es la carta poder: la conciliación prejudicial se rige por el art. 684-E, no por el 692, así que el apoderado necesita facultades expresas para convenir y obligarte. La elaboramos con el estándar correcto — también si resides fuera de México.

¿Qué pasa si mi empresa no asiste al citatorio?

El procedimiento no se detiene: avanza. El citatorio se notifica con al menos cinco días de anticipación, apercibido de que la inasistencia genera una multa de entre 50 y 100 veces la UMA y de que se te tendrá por inconforme con todo arreglo conciliatorio (art. 684-E, fr. IV, LFT); si solo comparece el trabajador, el Centro emite la constancia y queda habilitado para demandar (art. 684-E, fr. X, LFT). Faltar no hace que se tengan por ciertos los hechos — no hay confesión ficta en esta etapa —, pero sí tira la oportunidad más barata de cerrar el asunto.

¿Cuánto tarda todo el proceso?

La conciliación es rápida por diseño: el procedimiento no debe exceder de cuarenta y cinco días naturales (art. 684-D, LFT) y muchos asuntos se cierran en la primera audiencia. Si el caso escala a juicio, la duración depende de la complejidad del asunto y de la carga del Tribunal; desde el primer análisis te damos un escenario realista de tiempos y de exposición.

¿Conviene conciliar o litigar?

Depende de los números, no del orgullo. El cálculo del peor escenario en juicio define el rango razonable de negociación: si el convenio cierra por debajo de esa exposición, conciliar suele ser el mejor negocio — con la ventaja de que el convenio ratificado es cosa juzgada y el asunto no regresa. Si la pretensión es infundada o desproporcionada frente al riesgo real, se contesta la demanda y se litiga. Esa recomendación te la damos con el cálculo enfrente, antes de la audiencia.

¿Qué necesitan de mí para empezar?

El citatorio o la demanda tal como te llegó — una foto por WhatsApp basta para arrancar — y el expediente del trabajador: contrato, recibos de nómina, actas e incidencias. Con eso calculamos la exposición real y definimos contigo la estrategia antes de la audiencia.

El citatorio ya llegó. La estrategia todavía se decide.

Mándanos el documento hoy y llega a la audiencia con los números y la estrategia definidos. Nuestra oficina está en San Pedro Garza García y atendemos empresas de Monterrey y su zona metropolitana, en persona o en línea.

Esta página es informativa y no constituye asesoría legal particular. El alcance de cada servicio se pacta por escrito.

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